domingo, 6 de noviembre de 2011

Visita al Palacio de Justicia de San Lázaro.

El pasado 28 de Octubre del presente año asistimos al Palacio de Justicia de San Lázaro, la entrada se nos dificulto un poco porque nos permitían el acceso. Al entrar nos al acceso nivel 2 y ahí un licenciado muy amable nos explico lo que se hacía principalmente ahí.
Nos explico que estábamos en un Tribunal Unitario y que como su nombre lo indica que hay  un solo magistrado,  son 8 secretarios, 7 hacen los proyectos (proyectistas) y 1 es encargada del trámite y los actuarios, es la estructura básica. Conocen de apelaciones civiles y administrativos, que es los que ellos revisa, y de amparos indirectos. El magistrado aprueba las apelaciones o en su caso, pide que se modifique, corrija o cambios sustanciales. Los proyectistas hacen las correcciones lo agregan al expediente y se queda en el expediente definitivo. 

Los Tribunales Unitarios de Circuito se componen de un magistrado y del número de secretarios, actuarios y empleados que determina el presupuesto.
Es de competencia judicial de los Tribunales Unitarios de Circuito: los juicios de amparo promovidos contra actos de otros tribunales unitarios de circuito, que no constituyan sentencias definitivas; la apelación de los asuntos conocidos en primera instancia por los Juzgados de Distrito; el recurso procesal de denegada apelación; la calificación de los impedimentos, excusas y recusaciones de los Jueces de Distrito, excepto en los juicios de amparo; los conflictos de competencia entre los Jueces de Distrito sujetos a su jurisdicción, excepto en los juicios de amparo; y los demás asuntos que les encomienden las leyes.

Nos llamo la atención que el licenciado tenía un código del 2006, el nos explico tenía todas sus leyes imprensas actualizadas, pero que era necesario a veces recurrir a códigos pasados, y se utiliza la ultratividad de la ley que es cuando, una ley es derogada y se aplica a futuro. Como paso con el Código de Comercio hasta 1996.
Nos hizo notar que en el los Tribunales Colegiados de Distrito hay diferencia en el proyectista y de acuerdos, y aquí el proyectista y el de acuerdos están al mismo nivel, aquí y el proyectista puede funcionar como secretario de acuerdos, debido a que todos son secretarios y están en el mismo rango. aquí la sentencia la firma el proyectista. Cada uno es responsable de su personal.




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